Luego de ser discutida y aprobada por el Concejo Municipal de Babahoyo, en sesiones ordinarias realizada el dos y el dieciséis de junio de 2021, y sancionada por el alcalde Carlos German en el uso de la facultad que le conceden los artículos 322, inciso quinto y el art. 324 del Código Orgánico Territorial Autonomía y Descentralización; se dispone a publicar lo siguiente:
“La Ordenanza denominada ‘Babahoyo Más Seguridad’ que regula el control y modo ordenado del transporte de quienes circulan en motocicletas en el cantón Babahoyo”.
Una vez aprobada, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Babahoyo, realizará una campaña de socialización agresiva en coordinación con TRANSVIAL-EP, Agencia de Tránsito Municipal (ATM) y Policía Nacional, por el lapso de 30 días dentro de la jurisdicción del cantón Babahoyo.
Prohibiciones
Dentro de las prohibiciones establecidas los conductores de motocicletas tienen prohibido trasladarse dos personas del sexo masculino o más, las 24 horas del día en la jurisdicción del cantón Babahoyo; además el circular sin placa en la cual debe constar obligatoriamente de manera clara y legible su identificación vehicular.
Quedan exentos cuando se trasladen: hombre-mujer; hombre-niño/a; mujer-mujer; mujer – niño/a; personas con discapacidad o enfermedad catastrófica; hermano-hermano; padre-hijo y casos de emergencias debidamente comprobados.
Sanciones
Los conductores de motocicletas que incumplan las prohibiciones estipuladas, serán sancionados por los Agentes de Tránsito Municipal, la Policía Nacional y Comisión de Tránsito del Ecuador de la siguiente manera:
Por la primera vez, serán sancionados con la retención de la motocicleta por un plazo de 48 horas.
En el caso de reincidencia serán sancionados con la retención de la motocicleta por un plazo de 72 horas, más multa del 5% del salario básico unificado.